Divorcio y Nacionalidad española
Divorcio y Nacionalidad española
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Si durante el procedimiento de
nacionalidad se produce un divorcio, ¿puede ser motivo de denegación?
Una de las preguntas más
frecuentes de aquellos extranjeros casados con ciudadanos españoles
es: “si he solicitado la nacionalidad española con la reducción
de plazo de un año por estar casado con español, ¿qué ocurre si me divorcio
durante el proceso?”
En primer lugar, antes de
responder a la cuestión, es importante que tengáis en cuenta que nuestra
normativa no contempla un “procedimiento de nacionalidad por matrimonio”. El
procedimiento de solicitud es exactamente el mismo que para cualquier otro
extranjero residente legal en España:“Nacionalidad española por residencia”, con la
única diferencia de que, en lugar de tener que cumplir los plazos de residencia
legal que se exigen conforme a su nacionalidad de origen, si el extranjero
llevare un año de matrimonio con español, el plazo exigido se reducirá a un
año.
Por ejemplo, a un
ciudadano marroquí se le exigen diez años de residencia legal en España, pero
si contrae matrimonio con ciudadano español (un año de matrimonio), bastará con
un año de residencia legal para poder solicitar la nacionalidad a través de
este mismo proceso.
Por tanto, partiendo de la
base de que el matrimonio no es el motivo de concesión de la nacionalidad, si
durante el procedimiento se produce un divorcio, este hecho no debería
ser motivo de denegación.
El hecho de estar casado con un ciudadano español nos beneficia
para poder iniciar los trámites de obtención de la nacionalidad española al año
del matrimonio y de residencia, sin embargo, se trata, no obstante, de una
nacionalidad por residencia, y el estar casado no es lo que nos da
derecho a tener la nacionalidad, sino nuestra situación de residencia legal
en España, de arraigo, de integración y conocimiento de las leyes y del
idioma…etc.
El estar casado supone un incremento de esa vinculación con
España puesto que tenemos familiares españoles, pero esto no quiere decir que
sea el español el que nos da la nacionalidad; por tanto, la disolución
del vínculo matrimonial podría afectar, pero si se siguen cumpliendo con los
requisitos de acceso a la nacionalidad española, podrá seguir teniendo la
posibilidad de adquirir la nacionalidad española.
Lo cierto es que, si
estamos pensando en iniciar los trámites de divorcio con nuestro cónyuge
español, deberíamos preocuparnos, en un primer momento, por nuestra tarjeta
comunitaria, porque el hecho de perderla, sí que podría
afectar a nuestro proceso de nacionalidad española al perder nuestra condición
de residente legal en España, lo cual es un requisito imprescindible para
solicitar la nacionalidad española.
Como sabemos, es el
vínculo con el ciudadano español lo que nos da derecho a solicitar la tarjeta
comunitaria, de forma que, la disolución del mismo, conllevaría, en principio,
a la extinción automática de nuestra tarjeta (salvo que nos encontremos en el
supuesto que nos permita el mantenimiento de la misma aún produciéndose el
divorcio).
Si te ha quedado alguna duda, conmigo, Abogado Ricardo Blas al 645151563
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